La Suprema Corte de Justicia mantuvo la condena de 25 años de penitenciaría impuesta al exmilitar español que lideró la banda que secuestró y luego ultimó al empresario inmobiliario Hugo Charamello.
El fallo de abril pasado pone fin al trámite judicial de un suceso ocurrido 11 años atrás, que conmocionó al departamento de Maldonado. El hecho ocurrió el 5 de mayo de 2006 cuando una banda, liderada por un español, secuestró a Charramello y lo mató.
Los secuestradores lo torturaron para que firmara un documento por el cual se quedarían con el patrimonio de la víctima.
Charamello concurrió a una cita solicitada por el español que había mostrado interés en comprar algunos apartamentos propiedad del uruguayo. El empresario fue reducido y luego trasladado a la casa del español en la zona de Punta Ballena. Ni bien ingresaron a la vivienda, comenzaron a torturar, física y psicológicamente, a Charamello para que firmara un documento por medio del cual se comprometía a trasladar todos sus bienes. Pese a todo, el empresario se negó a firmar el papel que luego debería ser intervenido por el escribano que formaba parte de la banda. A las siete de la tarde de ese día, el empresario fue ultimado por el español, quien lo asfixió con una bolsa de nylon.
Unánime.
Con el voto unánime de sus integrantes, el máximo tribunal mantuvo firme la condena dictada por el juez penal Gerardo Fogliacco en el invierno de 2013.
El militar español, de iniciales F.J.M.P, fue condenado a 25 años de penitenciaría por la comisión de un delito de homicidio muy especialmente agravado. Su cómplice, el policía entonces en servicio activo, O.M.M., fue condenado a 21 años de penitenciaría en calidad de coautor. La mujer, de iniciales M.V.B, fue condenada a seis años y el escribano, J.P.Z.P, a tres años. Estos dos últimos recobraron la libertad hace casi una década.
Apelación.
El abogado defensor del español apeló la sentencia en primera instancia contra su cliente. El expediente fue elevado al Tribunal de Apelaciones de Tercer Turno. Sus integrantes mantuvieron la pena impuesta a los integrantes de la banda en fallo del 8 de diciembre de 2015.
El abogado del español apeló el fallo en segunda instancia aseverando que no existían elementos para probar la culpabilidad de su cliente. A juicio del letrado, el fallo “de segunda instancia incurrió en errónea aplicación del derecho que incidió en la determinación de responsabilidad de su defendido”.
El defensor entendió que el tribunal había infringido las reglas de valoración de la prueba porque, a su juicio, de los medios diligenciados en el expediente, no surgía la responsabilidad de su defendido.
Además, recordó que el español, dos años después de ser procesado por la muerte de Charamello, se había retractado de su primera confesión asegurando que no solo era inocente sino que además, fue torturado por los policías.
La primera confesión.
El español, cuando fue detenido, confesó con lujo de detalles lo ocurrido.
Aseguró que hubo tortura aplicada por la policía para que confesara el delito. Además, ensayó una extraña explicación del secuestro que fue calificada como “rocambolesca” por el juez de la causa. El español aseguró que actuaba como agente de inteligencia de su país y que Charamello se había apropiado de una fuerte suma de la agencia para la cual trabajaba. Las órdenes emitidas por sus superiores consistieron en “arrestar” a Charamello y recuperar el dinero asumiendo el control de la inmobiliaria y demás bienes de la víctima. Tras obligarlo a firmar, “la orden era soltarlo”.
“Tenemos constancia que él podía tener un trabajo en Paraguay, y accediendo nosotros al control de la empresa aquí, se le iba a dejar ir a Paraguay para no volver. Confiamos en que no volvería”, manifestó el imputado hace 11 años.
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